EL(A) GERENTE DE AGUAS DEL CHOCÒ S.A E.S.P, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 209 DE LA CONSTITUCIÒN NACIONAL, 3º de la Ley 489 de 1998, Ley 1221 de 2008,; DECRETO 1083 DE 2010, ARTÍCULO 2.2.2.2.1, NUMERALES 1º,2º Y 3º, el Decreto Nacional 0884 de 2012. DECRETO 1785 DE 2014
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que: «La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
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